sábado, 17 de septiembre de 2016


Activo Legal Ltda. Es una Empresa de servicios jurídicos que presta el soporte legal a la industria en todos los sectores en  ámbito nacional e internacional.
En su  sitio web compartió un  artículo que hace referencia al despido de trabajadores por causa de enfermedad de tipo no profesional y no superada en 180 días, en este artículo recuerda a los empleadores otras leyes que  han sido aprobadas entre ellas la del principio de solidaridad contempladas en la Ley 361 de 1997, y la sentencia  T-434 de 2008, en la cual la Corte señaló que respecto de la terminación de contratos de trabajo de personas que se encuentran en estado de “Debilidad Manifiesta” deben obtener autorización del Ministerio de Trabajo .Dichas sentencias fueron aprobadas con el fin de brindar protección a los trabajadores  y hace  necesario la intervención del ministerio de trabajo quien examina las circunstancias específicas  de cada caso y determina la conveniencia o no de la terminación del contrato laboral.

Conozcamos el artículo…



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