PRINCIPIO DE ESTABILIDAD REFORZADA
Nuestra
constitución Política, en el artículo 53 da fe que el Estado y la Ley deben
velar porque el trabajador tenga una estabilidad.
Fuente : Hecho por el autor del blog.
La jurisprudencia Desarrolló un principio superior a dicha estabilidad,
este se ha denominado estabilidad laboral reforzada. Con este se busca velar y
garantizar por la estabilidad del empleado en casos en los que se pueda ver
afectado algunos derechos constitucionales del trabajador. Como lo es el caso
de trabajadores en estado de debilidad manifiesta, como el caso de mujeres en
estado de gestación o lactantes, personas con fuero sindical o discapacitados,
ya que no es suficiente que existan justas causas de terminación de contrato
sino que se debe contar con la autorización del ministerio de trabajo para que
dicha terminación de contrato laboral se lleve a cabo.


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